Detalles sobre la cuarentena estricta en la capital del país cafetero, que ya supera los 180.000 contagios.
Desde el pasado 13 de julio la capital de Colombia entró en cuarentena sectorizada. Las localidades fueron divididas en tres grupos, entre el 13 de julio y el 23 de agosto. Además habrá restricciones en la venta de bebidas alcohólicas
Primer grupo: va desde el 13 de julio hasta el 26 de julio de 2020 en las Localidades de: Ciudad Bolívar, San Cristóbal, Rafael Uribe Uribe, Chapinero, Santa Fe, Usme, Los Mártires y Tunjuelito. Los días 17, 18, 19, 20, 24, 25 y 26 de julio de 2020 no se venderán bebida
El segundo grupo: va desde el 27 de julio hasta el 9 de agosto de 2020 en las Localidades de: Bosa, Kennedy, Puente Aranda y Fontibón. Los días 31 de julio y 1, 2, 7,8 y 9 de agosto de 2020 no se venderán bebidas en estos sectores.
Tercer Grupo: va desde el 10 de agosto hasta el 23 de agosto en las Localidades de Suba, Engativá y Barrios Unidos. Los días 14, 15, 16, 17, 21,22 y 23 de agosto de 2020 no se venderá alcohol en estos lugares de la ciudad.
Los únicos establecimientos abiertos durante las restricciones serán aquellos de abastecimiento de alimentos, medicamentos y productos de primera necesidad. El resto de negocios comerciales estarán cerrados. Además se restringe la circulación de ciudadanos y vehículos que podrán movilizarse siempre y cuando necesiten:
Cabe recordar que sigue vigente la medida del pico y cédula hasta el próximo 31 de agosto para controlar la entrada a los sitios de alta aglomeración como los negocios comerciales, notarias, bancos o cualquier lugar donde se atienda a la población. La medida aplica así: los números de identificación que termine en número par no podrán transitar los días con fecha par. Las personas cuyo número de cédula termina en dígito impar no podrán estar en la calle los días con fecha impar. La excepción a esta regla son las personas que sean cuidadores de adultos mayores, enfermos con tratamientos especiales, médicos o los que hacen parte del servicio de salud. Todos deben tener la identificación en la que conste dicha labor. La normativa del pico y cédula tampoco será necesaria para las personas que necesiten ingresar a las entidades de salud, droguerías o servicios funerarios.
Los habitantes de Bogotá que tienen mascotas podrán salir a pasearlas lo más cerca a su casa y sin acompañante con un tiempo límite de 20 minutos por día entre las 5 am y las 8 pm.
(foto: afp)